La presidenta del Colegio de Enfermería de Valencia explica en la Universitat de València la colegiación profesional y los servicios que ofrece

    • La presidenta de Colegio de Enfermería de Valencia ha insistido que con la colegiación se vela por la seguridad de la población usuaria del sistema valenciano de salud
    • La presidenta del COENV confirmó que los colegios profesionales y la colegiación constituyen la puerta de entrada a la profesión y al empleo: “Por tanto: No hay empleo en Enfermería sin colegiación”
    • Almudéver aludió al Tribunal Constitucional (Sentencia 201/2013 de 5/12/2013 en la que se confirma que todos los profesionales sanitarios, para ejercer, tienen que estar colegiados, independientemente de que si trabajan en la sanidad pública o en la privada)

    (2024-5-16) La presidenta del Colegio Oficial de Enfermería, Laura Almudéver, ha explicado a las/os alumnas/os de la Facultat d’Infermería y Podologia de la Universitat de València las ventajas y servicios que ofrece la colegiación profesional. La máxima representante de la Enfermería en la provincia de Valencia ha aclarado, de igual modo, la situación de obligatoriedad jurídica de la colegiación de las/os enfermeras/os en España.

    La presidenta de COENV ha recordado, ante las/os numerosas/os estudiantes y docentes asistentes –entre los que se hallaba el nuevo decano Antonio Martínez Sabater--, que los colegios profesionales en el ámbito sanitario y la colegiación constituyen la puerta de entrada a la profesión y al empleo. “Y por tanto: No hay empleo en Enfermería sin colegiación, porque la colegiación es obligatoria”, según Laura Almudéver, quien insistió en que la colegiación además, “ofrece numerosos servicios y ventajas para sus colegiadas/os”.

    En cuanto a la legislación que determina la colegiación obligatoria, Almudéver ha aludido al Tribunal Constitucional (Sentencia 201/2013 de 5/12/2013 en la que se confirma que todos los profesionales sanitarios, para ejercer, tienen que estar colegiados, independientemente de que si trabajan en la sanidad pública o en la privada). A la Ley 25/2009 de 22 de diciembre: “Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una Ley estatal” y, por último, a la Ley 44 2003 de 21 de noviembre que hace hincapié en esta misma idea, con el mismo carácter de norma básica.

    La presidenta de Colegio de Enfermería de Valencia ha insistido que con la colegiación se vela por la seguridad de la población usuaria del sistema valenciano de salud. Y con la cuota se cubre la póliza de la responsabilidad civil de las enfermeras y enfermeros durante su ejercicio profesional.

    De igual modo, con la colegiación se evita el intrusismo, puesto que se detecta a los profesionales que pretenden trabajar en clínicas y residencias de mayores sin contar con la titulación universitaria de Grado en Enfermería, aprovechando la necesidad de profesionales sanitarios que tiene el sistema de salud.

    Por último, la presidenta de la Enfermería valenciana ha detallado, por último, que desde el Colegio de Enfermería de Valencia se ofrecen numerosas asesorías: (laboral, jurídica, fiscal, científica) y servicios (comunicación, tramitación del impuesto de Renta...) y se imparte formación de todo tipo, para perfeccionar y mejorar la especialización de las/os profesionales.

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